ESCUCHA MADRID / ARANJUEZ
La Junta de Gobierno Local aprobó este jueves la Convocatoria y las Bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas a entidades sociosanitarias, cuyo crédito asciende a un importe máximo de 23.500 €, y la Convocatoria y las Bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas a entidades socioculturales, juveniles, vecinales, de mujeres o cualquier otra de carácter social, por importe máximo de 27.540 €. Ambas, correspondientes al ejercicio 2023.
La finalidad de las citadas convocatorias es reforzar el tejido asociativo. Las ayudas dirigidas a entidades sociosanitarias tienen por objeto que éstas promuevan proyectos de prevención, promoción de salud y educación sanitaria sobre enfermedades, y contribuyan a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de los ciudadanos.
Respecto a las subvenciones dirigidas a entidades socioculturales, la finalidad es que las asociaciones promuevan proyectos, programas o actividades culturales de utilidad o interés social cuyo objeto sea la promoción y/o difusión de la cultura en sus variadas manifestaciones o el apoyo a colectivos vulnerables.
De estas convocatorias se podrán beneficiar las entidades sociosanitarias y socioculturales inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Aranjuez que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de Participación Ciudadana y bajo las condiciones previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada en sesión plenaria el 20 de enero de 2006.
Las solicitudes deberán presentarse -sociosanitarias en el modelo 128 y socioculturales en el modelo 129- por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Aranjuez en el siguiente enlace.
El modelo oficial de presentación de ambas solicitudes podrá descargarse de la página web municipal, desde la sección de “Trámites de Participación Ciudadana”.
Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones, es decir, siempre y cuando el importe total de las cuantías percibidas no supere el coste total de la actividad.
El plazo de presentación de solicitudes, en ambos casos, será desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y hasta el día 30 de septiembre de este año, inclusive. El plazo de justificación de las subvenciones concedidas finaliza el 30 de marzo de 2024.
Las respectivas solicitudes y las bases estarán disponibles, una vez estén publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la web municipal, en la Oficina de Atención al Ciudadano y en la sección de participación ciudadana.
Para dudas y consultas, remitir un email a la dirección de correo electrónico participación@aranjuez.es o llamar al número de teléfono 91 809 0360 Ext. 1169.